viernes, 30 de julio de 2010

Jurista afirma que agentes de la Amet no deben incautar vehículos


SAN JUAN DE LA MAGUANA.- La incautación de un

vehiculo de motor por parte de un agente de la

Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) debe

tener en su poder una orden judicial, a juicio de un

jurista de esta ciudad.

La afirmación fue hecha por el doctor Ángel Moneró

Cordero, quien entiende que es ilegal la detención

de un vehiculo por parte de cualquier agente de la AMET, a menos que tenga

una orden por la autoridad competente a nivel judicial para emprender esa acción.

El profesional del derecho expresó que un agente de la AMET, a la hora de

apresar a un conductor por cualquier tipo de violación a la Ley 241 de

tránsito terrestre su deber es multarlo.

Y el ciudadano tiene el derecho de concurrir al tribinal de Tránsito y pagar

la infracción correspondiente si así se determina en el tribunal de tránsito

del Palacio de Justicia de esta localidad.

El doctor Ángel Moneró Cordero agregó, que es ilegal la incautación o

retención de un vehículo por parte de un miembro de AMET, por el

hecho de que un conductor haya incurrido en una simple violanción de

tránsito.

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